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bulletCorte de reclamos menores

Como y dónde presento un reclamo (Demandante)
    [Esta página está en inglés; This page in English]

Esta sección le cuenta sobre:

  1. ¿Adónde presento mi caso?

  2. Direcciones y horarios de atención de las cortes

  3. Días festivos de las cortes

  4. ¿Cómo llego allí desde aquí?

  5. ¿Dónde obtengo los formularios de la corte?

  6. Honorarios de reclamos menores

  7. La información que necesita para presentar un reclamo

  8. ¿Qué puedo esperar cuando presento mi reclamo?

  9. Otros papeles que tiene que adjuntar a su reclamo
     

  1. ¿Adónde presento mi caso?

    Presente su caso en una corte en el condado o distrito correctos. En términos legales, esto significa que tiene que presentar su caso en la jurisdicción (el lugar) correcta.

    Por lo general, como demandante tiene que presentar su caso en el condado o distrito judicial en que vive el demandado. Eso hace que sea justo para el demandado. En general es más fácil que alguien se defienda si el caso está cerca de donde vive.

    Cuando presenta su caso tiene que decir en su Reclamo del demandante y Orden al demandado, Formulario (SC - 100), por qué es la corte correcta. Si el demandado vive fuera del condado o del distrito judicial, el juez siempre tiene que decidir si está presentando su caso en la corte correcta. Si el caso no se presentó en la corte correcta, no está en la “jurisdicción” correcta. El juez despedirá el caso
    sin pérdida de derecho
    a menos que todos los demandados estén presentes y estén de acuerdo en tener la audiencia ahí.

    Esta regla tiene excepciones. Pero son complicadas y difíciles de entender.

    Si quiere presentar un reclamo en un condado que no es en el que vive el demandado, hable con el asesor de reclamos menores local para ver si puede hacerlo.

    Si puede presentar su reclamo en más de un lugar, elija el lugar que sea mejor para sus testigos. Si presenta su caso en un lugar en que no vive el demandado, le tiene que dar más tiempo para responder a su aviso y demorará más tiempo que su caso vaya a la corte.


    A continuación, algunas excepciones:
     

    Accidentes de carros:

    Puede presentar su reclamo en el condado o en el distrito judicial en el que tuvo el accidente o en el que vive el demandado.

    Contratos:

    Tiene que presentar el reclamo en el condado o en el distrito judicial donde:
     

    • Usted hizo el contrato,
    • El demandado tenía que cumplir el contrato o
    • Le tenían que pagar.

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    Compras de consumidores (cuando el vendedor demanda):

    Sólo puede presentar un reclamo para hacer cumplir la deuda de un comprador en el condado o distrito judicial:
     

    1. Donde el comprador firmó el contrato,
    2. Donde vivía el comprador cuando se firmó el contrato,
    3. Donde vivía el comprador cuando usted presentó la acción,
    4. Donde están instaladas o guardadas las cosas que se compraron a crédito.

     

    Compras de consumidores (cuando el comprador demanda):

    El comprador puede presentar una acción contra la empresa que le vendió los artículos, los servicios o el crédito en el condado o distrito judicial:
     

    1. Donde el comprador firmó el contrato,
    2. Donde vivía el comprador cuando se firmó el contrato o
    3. Dónde vivía el comprador cuando usted presentó la acción.
       
    El comprador también puede demandar en cualquiera de esos lugares si la demanda se basa en algo que compró de una llamada telefónica que el comprador no hizo. Esto quiere decir cuando el vendedor llama al comprador o cuando el comprador contesta a una llamada telefónica or correo electrónico.


  2. Dónde presentar el caso cuando demanda a entidades estatales

    Usted puede presentar un reclamo contra cualquier entidad estatal en cualquiera de los condados en que el Procurador General de California tiene un oficina: Sacramento, San Francisco o Los Angeles.

    Además, si un a entidad estatal lo demanda a usted, puede hacer que se transfiera el caso a la oficina del Procurador General que esté más cerca de donde usted vive.

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  3. Direcciones y horarios de atención de las cortes:

    El Condado de Santa Clara tiene 3 cortes en las que usted puede presentar casos de reclamos menores. Presente su reclamo en la corte que corresponda (jurisdicción). Si presenta su caso en una corte que no corresponde, la corte puede despedir su reclamo. Hay 1
    6 ciudades en el Condado de Santa Clara. Están divididas en 3 zonas.

    A continuación hay una lista de las cortes y de las ciudades a las que sirven. Haga clic en el nombre de una corte para ir a la página con el horario de atención, la dirección, instrucciones para llegar en carro y números de teléfono.

    Corte de Santa Clara

    Corte de Palo Alto

    Corte de South County

    Sirve a:
    Campbell
    Los Gatos
    Milpitas
    Monte Sereno
    San Jose
    Santa Clara
    Saratoga

    Sirve a:
    Cupertino
    Los Altos
    Los Altos Hills
    Mountain View
    Palo Alto
    Sunnyvale

    Sirve a:
    Gilroy
    Morgan Hill
    San Martin

    Si presenta su reclamo en la corte de Santa Clara, puede pedir que su audiencia se lleve a cabo un martes por la noche. Las audiencias nocturnas se llevarán a cabo el 2º y 4º martes de cada mes en la corte de Santa Clara. Pídale al secretario más información en el momento de presentar su caso.

     

  4. Días festivos de las cortes:

     

    Vea la página de días festivos de las cortes en el sitio Web principal de la corte.

     

  5. ¿Cómo llego allí desde aquí?

    Para obtener instrucciones para llegar a las cortes de reclamos menores, haga clic en el enlace de la corte que figura más arriba. O vaya a la lista de todas las cortes en la Corte Superior del Condado de Santa Clara.

    Otras maneras de llegar allí:

    La mayoría de las cortes tienen estacionamiento limitado. Si puede, use otras formas de transporte.

    Para averiguar sobre las rutas de camiones de la Santa Clara Valley Transit Authority (VTA) llame al:

    (408) 321-2300 ó al
    (800) 894-9908
    TTY: (408) 321-2330.

    También puede obtener información de rutas en el sitio Web de la VTA.

    Llame a TRAVINFO discando 511 desde cualquiera de los 9 condados del Área de la Bahía para obtener información sobre:
     

    • Más de 25 agencias de transporte público (como camión, BART, ferry, tren, trenes locales y servicios de Paratránsito), /li>
    • Estado del tráfico en las autopistas, puentes y carreteras principales,
    • Información sobre la construcción en las autopistas,
    • Servicios para compartir carros (carpool)
    • Estacionamiento y bicicletas
    • Instrucciones para llegar el Aeropuerto Internacional de San Francisco.

    No tiene que discar el código de área. El servicio es gratuito, pero tiene que pagar la llamada local. O visite www.511.org para información sobre transporte y enlaces a sitios Web. La Metropolitan Transportation Comission patrocina ambos servicios.

    También vea información sobre transporte público en el sitio Web principal de la corte.

    Para instrucciones para llegar a todas las instalaciones de reclamos menores, haga clic en los enlaces de las cortes en la tabla anterior. También puede visitar la lista de todas las cortes del condado de Santa Clara, en el sitio Web principal de la corte.

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  6. ¿Dónde obtengo los formularios de la corte?

    Puede obtener los formularios para presentar su caso de las siguientes maneras:

    • Vaya a la corte de reclamos menores (vea ubicaciones),
    • Escriba a la corte de reclamos menores (vea ubicaciones),
    • Vaya el sitio Web del Consejo Judicial, www.courtinfo.ca.gov/forms, o
    • Descargue formularios de enlaces de formularios que aparecen en las páginas de este sitio  Web.
     

    Si pide los formularios por correo, incluya un sobre de 10" x 13" con su dirección escrita con el franqueo de correo que corresponda. Le enviarán por correo los formularios en blanco.

    Si recoge los formularios en la corte, los secretarios le darán hojas informativas llamadas “Información para el demandante”, que le dicen cómo funciona la corte de reclamos menores. El secretario de la corte le pedirá que llene y firme un formulario llamado Reclamo del demandante y Orden al demandado.

    Las empresas que usan nombres ficticios de empresa, como “Joe Jones doing business as Joe's Garage” (“Joe Jones haciendo negocios como Taller de Joe”) también tienen que presentar un formulario llamado Declaración de nombre ficticio de empresa, que dice que la empresa siguió las leyes de California para registrar nombres ficticios de empresas.

    La Corte Superior del Condado de San Mateo y la Corte Superior del Condado de Santa Clara hicieron un programa interactivo “EZ Legal Form”. Usted puede usar ese programa para llenar formularios de reclamos menores en línea. Responda a algunas preguntas para llenar los formularios, imprímalos y preséntelos en la corte.
    Este servicio le ayudará a llenar sus formularios, pero igual tendrá que presentarlos en la corte. ¡No es un sistema de presentación de formularios en línea!

    Tiene que pagar el honorario de presentación cuando presenta sus papeles. Para averiguar más sobre los honorarios, vea la Página de honorarios de reclamos menores en el sitio Web principal de la corte. Si usted no puede pagar, puede pedir a la corte que lo exima del pago de los honorarios. Puede pedir a la corte una exención llenando y presentando un formulario llamado Solicitud de exención del pago de honorarios y costos de la corte. Para averiguar más sobre la exención del pago de honorarios, pídale al secretario de la corte una hoja informativa llamada Exención del pago de honorarios y costos de la corte.
     

  7. Honorarios de reclamos menores:

    Vea la Página de honorarios de reclamos menores en el sitio Web principal de la corte.

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  8. La información que necesita para presentar un reclamo:

    Todos los formularios se deben poder leer:
    Escriba los formularios a máquina o a mano con tinta.

    Llene el "Reclamo del demandante y Orden al demandado":

    (Formulario No. SC100) en 3 partes. Si imprime los formularios directamente desde la Internet, tendrá que tener el original y dos copias.

    Si usó un nombre ficticio de empresa:
    Tiene que llenar, firmar y presentar un formulario llamado Declaración de nombre ficticio de empresa (Formulario No. SC103) cada vez que presente un reclamo. También tiene que escribir el número de su declaración de nombre ficticio de empresa y la fecha de vencimiento en el espacio en el "Reclamo del demandante y Orden al demandado" (Formulario No. SC100).

    Cuando escrib
    a los nombres del demandante y del demandado:
    Escriba primero el apellido a máquina o a mano. Siga los formatos a continuación:

    *DBA es una abreviatura de “Doing Busines As” (haciendo negocios como)

     

    Para un individuo:

    Doe, John
    111 Main Street
    San Jose, CA 95000

    Para una empresa con 1 propietario:

    Doe, John
    DBA: Doe's Auto Repair Shop
    111 Main Street
    San Jose, CA 95000

    DBA es la abreviatura de “haciendo negocios como"

    Para asociaciones:

     

    Doe, John - Partner
    DBA: Doe & Smith Bakery
    111 Main Street
    San Jose,
    CA 95100

    Smith, Max - Partner
    DBA: Doe & Smith Bakery
    111 Main Street
    San Jose, C
    A 95100

    Para una corporación:

     

    Doe Corporation
    Serve: Doe, John
    - President
    111 Main Street
    San Jose, C
    A 95100

    Doe Corporation
    DBA: Doe & Smith Bakery
    Doe, John - President
    111 Main Street
    San Jose, C
    A 95100

    Doe Corporation
    DBA: Doe & Smith Bakery
    Smith, Sue - Agent for Service
    of Process
    123 Oak St.
    Los Angeles, CA 12345

    La dirección es la dirección del agente, no la dirección de la corporación

     

    Para un menor de 18 años:

     

    Doe, John-Minor
    111 Main Street
    San Jose, C
    A 95100

    Doe, Jane-Guardian
    111 Main Street
    San Jose, C
    A 95100

    Nota: El formulario llamado "Reclamo del demandante y orden" para el demandado deja espacio para 2 demandantes y 2 demandados. Si necesita más espacio, use el formulario No. SC-100a.

    Cuando nombra a sus demandados:

    Tiene que saber sus nombres completos exactos. Si nombra a una empresa, tiene que saber qué tipo de propiedad es (por ejemplo, asociación, corporación, propietario único, etc.).

    Si obtiene un fallo contra un demandado pero escribió el nombre mal, es posible que no pueda cobrar el dinero hasta que haga cambiar el fallo para que diga el nombre completo correcto. Eso puede requerir más tiempo, trabajo y dinero.

    Verifique que use el nombre completo correcto cuando presente su reclamo.

    Si su demanda es sobre un accidente de carro, ponga los nombres completos del conductor y del propietario del carro que lo chocó. No tiene que nombrar a los dos, pero tendrá una mayor probabilidad de cobrar daños.

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    Firme sus formularios:

    Si usted es el único demandante, tiene que firmar el Reclamo del demandante. Si hay más de un demandante, todos los demandantes tienen que firmar.

    Si una empresa con propietario único presenta el reclamo, el propietario tiene que firmar el formulario.

    Si el demandante es una empresa, uno de los funcionarios de la empresa (como el presidente, vicepresidente, el secretario, el tesorero o un agente autorizado) tiene que firmar el formulario Reclamo del Demandante.

    No puede dar permiso a alguien que no es una parte del caso para que firme el Reclamo del demandante.

    Si el demandante es un menor de edad (menor de 18 años), uno de sus padres o su tutor tienen que firmar el Reclamo del demandante. Si el demandante es mayor de 14 años de edad, también tiene que firmar el Reclamo del demandante. El demandante/tutor tiene que llenar un formulario llamado Petición de nombramiento de tutor ad litem y presentarlo con el Reclamo del demandante.

     

  9. ¿Qué puedo esperar cuando presento mi reclamo?
     

    • Fijar una fecha para la audiencia:

      Cuando presente su reclamo y pague el honorario, el secretario le dará una fecha para ir a la corte. Usted tendrá su audiencia:
       
      • En 30 a 40 días si el demandado vive o trabaja en el condado;
      • En 30 a 70 días si el demandado vive o trabaja fuera del condado
         
    • El secretario de la corte le dará una copia para “entregar”

      El secretario de la corte le dará una copia del Reclamo del demandante y Orden al demandado. Tiene que conseguir que alguna persona entregue esa copia al demandado (esto se llama entrega legal).
      Tiene que presentar pruebas que la copia fue entregada antes de la audiencia. Presente el formulario de prueba de entrega al menos 2 días antes de la audiencia. Después de presentar la prueba de entrega, el caso pasa al calendario de juicios para una audiencia.

     

  10. Otros papeles que tiene que adjuntar al reclamo  

     

    • Si su reclamo es sobre honorarios abogado-cliente:

      Llene y presente el formulario "Disputa de honorarios abogado-cliente" (adjunto al Reclamo del demandante), formulario No. SC-101, con su reclamo. Puede obtener este formulario en la oficina del secretario de la corte.
       

    • Empresas que presentan un reclamo y usan un nombre ficticio de empresa:

      En el caso de las empresas que usan un nombre ficticio de empresa, como “Joe Jones doing business as Joe's Garage” (“Joe Jones, haciendo negocios como Taller de Joe”), también tiene que presentar un formulario llamado Declaración de nombre ficticio de empresa, que dice que la empresa siguió las leyes de California para registrar nombres ficticios de empresas
       
    • Presente una exención del pago de honorarios:

      Tiene que pagar un honorario cuando presenta sus papeles. Si no puede pagar puede pedirle a la corte que lo exima del pago de esos honorarios. Llene y presente una Solicitud de exención del pago de honorarios y costos de la corte.
       

      También puede pedirle al secretario la Hoja informativa sobre exención de cuotas y costos de la corte. 
       

    • Si está demandando a una entidad gubernamental:


      Primero tiene que presentar un reclamo a la entidad. Si la entidad deniega su reclamo, adjunte una copia de la carta con el rechazo a su “Reclamo del demandante”.

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