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Corte
testamentaria
Cambio de
nombre para niños
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Esta página le cuenta cómo cambiar el nombre de un niño.

Haga clic en uno de los siguientes temas:
- ¿Cómo cambio el nombre de mi hijo?
- ¿Cómo cambio el nombre de un niño si soy su tutor?
- ¿Qué hago una vez que llené los formularios?
- Entregue los documentos al padre ausente
- ¿Quién puede entregar los documentos de la
corte?
- ¿Qué hago después de haber presentado los
formularios?
- ¿Dónde voy el día y hora de audiencia?
- ¿Cómo puedo informarle a la gente sobre el nombre
nuevo de mi hijo?
- Cómo cambiar el nombre de la licencia de manejar o
tarjeta de identidad de California de su hijo
- Cómo cambiar el nombre en la tarjeta del Seguro Social
de su hijo
- Cómo cambiar el nombre en el certificado
de nacimiento de su hijo
- Cómo cambiar el nombre en los registros escolares de
su hijo
- Cómo cambiar el nombre para el seguro
- Cómo cambiar el nombre en el pasaporte de su hijo
- Cómo cambiar el nombre en las cuentas bancarias de su
hijo
- Cómo cambiar el nombre en la cuenta de Asistencia
Pública (Bienestar Social) de su hijo
- Cómo cambiar el nombre en los registros impositivos de
su hijo
- Tarjetas de crédito, documentos legales y otros
documentos importantes
- ¿Cómo cambio el nombre de mi hijo?
Un menor no puede presentar una
petición ante la corte para cambiar su nombre. Sólo un padre o
tutor pueden hacerlo. Para cambiar el nombre de su hijo, necesitará
los siguientes formularios:
-
NC-100 Petición de cambio de nombre
-
NC-110 Adjunto a NC-100. Use un formulario distinto para cada niño.
-
NC-120
Orden de presentar motivos justificativos para cambio de nombre
-
NC-130 Decreto de cambio de nombre. Use un formulario separado por
cada hijo.
-
CM-010 Carátula de caso civil
-
NC-121
Prueba de entrega
Si no puede pagar los honorarios de la corte, llene también los
siguientes formularios:
Puede descargar los formularios de este sitio. Simplemente haga clic en
uno de los formularios más arriba.
U obténgalos del
Centro de
auto ayuda del Consejo Judicial o del
Centro de autoservicio en el centro de San Jose.
O compre formularios en blanco en una librería o tienda de papelería.
(Consulte las Páginas Amarillas bajo el rubro "Legal Documents").
Es probable que no necesite un abogado para cambiar el nombre de su hijo.
Le ofrecemos otros recursos para ayudarlo:
- Paquete de cambio de nombre: Visite la División
Testamentaria de la
Corte Superior Central de San Jose para obtener ejemplos e
instrucciones gratuitas. Para llamar por teléfono, busque la División
Testamentaria en la
lista telefónica del sitio Web de la corte.
- El
Centro de autoservicio de la corte.
- How to Change your Name (Cómo cambiar de nombre),
Loeb and Brown (Este libre contiene copias de los formularios que
necesitará para cambiar el nombre de su hijo).
Si quiere encontrar a un abogado, consulte
Cómo encontrar a un abogado testamentario.
- ¿Cómo cambio el nombre de un niño si soy su
tutor?
Siga el mismo proceso detallado más arriba en Cómo cambio
el nombre de mi hijo.
Pero en lugar de usar los formularios NC-110 y NC-130, use:
- ¿Qué hago una vez que llené los formularios?
Llene sus formularios y llévelos a:
División Testamentaria, Corte Superior
Corte Superior Central
Haga clic aquí para obtener la dirección, instrucciones para llegar y
horario de atención.
Lleve el original y 2 copias de cada uno de estos documentos. Firme el
original en tinta azul.
-
NC-100, original + 2 copias
-
NC-120, original + 2 copias
-
NC-130, original + 2 copias
-
CM-010 original + 2 copias
- Si el niño tiene 12 años o más, lleve el consentimiento
por escrito del niño para el cambio de nombre.
También lleve el original y 2 copias de:
Si es el tutor, además lleve una copia de sus cartas de
tutela.
El secretario revisará sus formularios y los presentará. A menos que el
juez haya aprobado su exención de honorarios, tendrá que pagar un
honorario de presentación. (Haga clic aquí para consultar las
cuotas testamentarias)
El secretario le dará un número del caso y copias "presentadas-endosadas"
de sus formularios.
La audiencia se
realizará en aproximadamente 7 a 8 semanas y podrá recoger los
documentos el día de la audiencia.
* Una persona mayor de 18 años de edad que no sea parte del
caso– no usted – tiene que llenar el formulario de Prueba de
entrega. Para obtener más información, lea Entregue los documentos al
padre ausente, a continuación.
- Entregue los documentos al padre ausente
A menos que ambos padres presenten la petición para cambiar el nombre de
su hijo, el padre que presenta la petición tiene que conseguir que alguien
le
entregue el
aviso al padre ausente por lo menos 30 días antes de la audiencia.
Si el padre ausente vive en California, hay que entregarle personalmente
una copia de la Petición y Orden de presentar motivos justificativos.
Si el padre ausente vive fuera del estado de California, se le puede
entregar la Petición y Orden de presentar motivos justificativos por
correo, con solicitud de aviso de retorno.
- ¿Quién puede entregar los documentos de la
corte?
Cualquier persona mayor de 18 años de edad que no sea parte del caso puede
hacer la entrega legal al/a los padre(s) ausente(s).
Puede pedirle a alguien que conoce, o usar a un
profesional de entrega legal. Un profesional de entrega legal le
cobrará un honorario.
La persona que hace la entrega legal al padre ausente tiene que llenar y
firmar la Prueba de entrega, y dársela a usted.
Una vez llenada, tiene que presentar la Prueba de entrega ante el
secretario.
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- ¿Qué hago después de haber presentado los
formularios?
Lleve las copias presentadas-endosadas del formulario NC-120 a un
periódico de circulación general del condado de Santa Clara para que
sea publicado.
La ley dice que el periódico tiene que publicar el formulario NC-120 por 4
semanas consecutivas antes de la audiencia.
Tiene que hacer este trámite inmediatamente porque el proceso de
publicación debe haberse completado antes de la audiencia.
Cuando se haya completado la publicación, el periódico presentará una
prueba de publicación ante la corte y le enviará una copia. Lleve la copia
de la prueba de publicación a la sala 107.
- ¿Dónde voy el día y hora de audiencia?
Si todo está en orden y el padre que no hace la petición no pone
objeciones, puede recoger el Decreto de cambio de nombre (NC130) firmado.
Si hay una objeción, usted y su hijo tienen que ir a la corte en la fecha
de audiencia El secretario de la corte se pondrá en contacto con usted
para fijar una nueva fecha de audiencia.
Cuando presente el Decreto de cambio de nombre (NC-130) puede comprar copias certificadas. (Haga
clic aquí para ver la lista de cuotas.)
No le podemos decir cuántas copias va a necesitar. Pero tenga en cuenta
que le conviene tener consigo una copia certificada hasta que pueda
cambiar los documentos de identidad y la tarjeta del Seguro Social de su
hijo para que muestren su nuevo nombre.
También puede necesitar copias certificadas para cambiar el nombre de su
pasaporte, registros escolares o documentos de inmigración.
- ¿Cómo puedo informarle a la gente sobre el nombre
nuevo de mi hijo?
Pídale a su hijo que use sólo su nuevo nombre, e infórmele a las personas,
escuelas y empresas con las que trata que el nombre de su hijo ha
cambiado.
Si cualquier necesita una prueba del cambio de nombre de su hijo,
muéstrele una copia certificada del formulario NC-130, Decreto de cambio
de nombre.
Pídale a su hijo que saque una nueva licencia de manejar y tarjeta del
Seguro Social en su nuevo nombre.
- Cómo cambiar el nombre en la licencia de manejar o
tarjeta de identidad de California de su hijo
Vaya a la oficina local del Departamento de Vehículos Motorizados (DMV).
Dígales que el nombre de su hijo ha cambiado y que quiere una nueva
licencia o tarjeta de identidad.
Encuentre la
sucursal más cercana del DMV con la herramienta de búsqueda en línea
del DMV.
Si su hijo ya tiene una licencia o tarjeta de identidad, llene el
formulario DL-44.
Si su hijo no tiene una licencia o tarjeta de identidad, lleve el original
o copia certificada de su certificado de nacimiento al DMV junto con una
copia certificada del formulario NC-130.
Si su hijo no nació en los Estados Unidos, lleve su tarjeta verde o
documentos de naturalización.
- Cómo cambiar el nombre en la tarjeta de Seguro Social
de su hijo
Póngase en contacto con la oficina local del Seguro Social. La oficina de
San Jose está en:
280 S. 1st Street
San Jose, CA 95113
Tel: 408-535-5257
Para ubicar otra oficina del Seguro Social, llame a:
800-772-1213
O use la herramienta de búsqueda en línea para encontrar la
oficina más cercana del Seguro Social por código postal.
Llene y presente una Solicitud de tarjeta de número del Seguro Social (formularios
SS-5). Haga clic en el número de formulario para descargar una copia.
Si su hijo nunca tuvo un número del Seguro Social, llene el formulario por
completo y presente una copia de su certificado de nacimiento,
Adjunte una copia certificada del formulario NC-130 y otro documento de
identificación (como licencia de manejar, pasaporte, documento escolar o
boletín de calificaciones, registro de
adopción, tarjeta de seguro médico o registro médico).
Si su hijo ya tiene un número del Seguro Social, use el mismo formulario
SS-5 pero sólo pida una nueva tarjeta, no un nuevo número del Seguro
Social.
NOTA: Si tiene problemas, recuérdele a los empleados que tienen que
aceptar su nuevo nombre siempre que presente la documentación necesaria.
(Para ello pueden consultar: Título 20 del Código de Reglamentaciones
Federales, secciones
422.107(c) y
422.110.)
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- Cómo cambiar el nombre en el
certificado de nacimiento de su hijo
Si su hijo nació en California, pídale al secretario testamentario (en la
Corte Superior Central) el formulario VS-23.
La
Oficina de Registros Vitales del estado le puede enviar este
formulario por correo si lo solicita en:
OVRform@dhs.ca.gov
Déles su nombre, dirección postal, y diga que quiere el formulario VS-23.
El registrador del condado también le puede enviar este formulario por
correo:
ClerkRecorder@REC.SCCGOV.ORG
Déle su nombre y dirección, y dígales que quiere el formulario VS-23.
Llene el formulario VS-23 en tinta negra, sin tachaduras, errores o
borrones.
Después envíelo junto con una copia certificada del formulario NC-130 y un
cheque (en nombre de "Office of Vital Records"), a:
State of California
Office of Vital Records
P.O. Box 730241
304 "S" Street
Sacramento, CA 94244-0241
Para ver cuánto tiene que pagar, consulte la
hoja informativa del estado sobre certificados de nacimiento
enmendados debido a un cambio de nombre ordenado por la corte.
La oficina de Registros Vitales le enviará una copia certificada del
certificado de nacimiento en 2 partes, el certificado original y el
certificado corregido.
Si el certificado de nacimiento es para un niño que no nació en
California, notifique a la Oficina de Registros Vitales (o equivalente)
del estado o país donde nació. Pregúnteles cómo hacer para enmendar un
certificado de nacimiento.
- Cómo cambiar el nombre en los registros escolares
de su hijo
Vaya a la oficina de la escuela o pídale al secretario que llene los
formularios necesarios.
Si su hijo ya se graduó, puede también pedirle a la escuela que vuelva a
expedir un diploma en su nuevo nombre.
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- Cambio de nombre para el seguro
Infórmele a sus compañías de seguro de salud, del carro y de vida que su
hijo cambió de nombre. Pueden volver a emitir sus pólizas en su nuevo
nombre.
- Cómo cambiar el nombre en el pasaporte de su
hijo
Si su hijo ya tiene un pasaporte de los Estados Unidos, proporcione una
copia certificada de su formulario NC-130 y podrá:
Enmendar el pasaporte:
Esto quiere decir que el pasaporte tendrá tanto el nombre nuevo como el
viejo. NO tendrá que pagar nada y puede presentar su solicitud por correo.
– O –
Obtener un NUEVO pasaporte:
Puede obtener un pasaporte nuevo con el nuevo nombre de su hijo. Tendrá
que pagar una cuota.
Si su hijo sacó un pasaporte en los últimos 12 años, puede solicitarlo por
correo y pagar una cuota más baja.
Si su hijo NO ha sacado un pasaporte nuevo en los últimos 12 años, tiene
que solicitarlo en persona y presentar:
- Prueba de ciudadanía (por ejemplo, copia certificada de
su certificado de nacimiento) y
- Una copia certificada del formulario NC-130 y
- Un documento de identificación con el nuevo nombre y
firma de su hijo (como una licencia de manejar o registro escolar)
NOTA: Puede pedir una solicitud de pasaporte en la oficina de
correos o en la oficina del secretario del condado.
- Cómo cambiar el nombre en las cuentas bancarias de
su hijo
Lleve una copia certificada del formulario NC-130 y un documento de
identificación con el nuevo nombre y firma de su hijo (como su licencia de
manejar o registro escolar) al banco.
Su hijo tiene que firmar una nueva tarjeta de firma y otros documentos de
la cuenta.
NOTA: Si su hijo va a recibir cheques a la orden del nombre
anterior, dígale al banco para que pongan ambos nombres en la cuenta.
Recuerde también de encargar nuevas libretas de cheques con el nuevo
nombre de su hijo.
- Cómo cambiar el nombre en la cuenta de asistencia
pública (Bienestar Social) de su hijo
Lleve una copia certificada del formulario NC-130 a su oficina local de
bienestar social. Le modificarán los expedientes.
Cuando llene su declaración mensual, diga que el nombre de su hijo ha
cambiado. Puede escribirlo en la sección que pregunta si tiene algo más
que informar.
- Cómo cambiar el nombre en los registros tributarios
de su hijo
Para el impuesto estatal sobre los ingresos
Envíe una carta a:
Taxpayer Services, Franchise Tax Board
P.O. Box 942840
Sacramento, CA 94240-0000
Dígales que el nombre de su hijo cambió. Déles el nombre viejo, el nuevo y
el número del Seguro Social.
Su hijo debería usar su nuevo nombre y su número anterior del Seguro
Social de ahora en adelante.
Para el impuesto federal sobre los ingresos
Asegúrese que el formulario W-2 y los recibos de sueldo de su hijo estén
ahora en su nuevo nombre.
- Tarjetas de crédito y otros documentos legales
y papeles importantes
Notifique a las compañías de tarjeta de crédito y cambie cualquier
documento importante, como
poderes legales,
testamentos en vida,
fideicomisos y contratos, para que aparezca el nuevo nombre.
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