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bulletJusticia de Menores

Todo lo que necesita saber sobre el proceso de la corte de justicia de menores
   [Esta página está en inglés; This page in English]

Dibujo de un hombre y una mujer dándose la mano y subiendo las escalinatas de la corteEsta página le cuenta sobre:

  1. ¿Cómo pasa el menor por la corte de delincuencia?
  2. ¿Cómo se inicia un caso de delincuencia?
  3. Admisión e investigación
  4. ¿Por qué se tiene que quedar el menor en el centro de detención de menores?
  5. ¿Qué es una petición?
  6. ¿Qué es una audiencia de detención?
  7. ¿Qué es una audiencia de jurisdicción?
  8. ¿Qué es una audiencia de disposición?
  9. ¿Qué pasa después de la audiencia de disposición?
  10. ¿En qué se diferencia la corte de justicia de menores de una corte penal para adultos?
  11. ¿Cuándo se trata a los menores como adultos?
  12. ¿Se puede parar una orden dada en una audiencia para determinar idoneidad?
  1. ¿Cómo pasa el menor por la corte de delincuencia?

    Éste es un cuadro de cómo pasa el menor por el sistema de la corte de delincuencia. En algunos momentos del proceso hay que tomar decisiones.



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  2. ¿Cómo se inicia un caso de delincuencia?

    Cuando un oficial de policía sorprende a un menor cometiendo un crimen, tiene una serie de opciones. Lo que haga el oficial de policía depende de lo que sea mejor para el menor y para la comunidad:
     
    • Dejar al menor en libertad dándole una advertencia. Puede dejar en libertad al menor en el acto, en la comisaría o en la Unidad de admisión del centro de detención.
       
    • Llevar al menor a un programa de la comunidad o al Albergue Infantil para niños maltratados y descuidados.
       
    • Darle una citación. Y hacer que el menor o sus padres firmen una promesa para ir a ver a un supervisor de libertad condicional en el Centro de menores.
       
    • Llevar al menor a la Unidad de admisión del Centro de menores.

     

  3. Admisión e investigación

    Si llevan a un menor a un Centro de menores, el supervisor de libertad condicional tiene que realizar una investigación. El supervisor tiene que averiguar cuáles son los hechos. Si el crimen es muy grave, el supervisor TIENE QUE solicitar que se presenten cargos contra el menor. Si los cargos no son serios, el supervisor puede decidir qué hacer. El supervisor de libertad condicional puede:
     
    • Dejar al menor en libertad con una advertencia. El supervisor de libertad condicional puede darle una advertencia al menor y dejarlo en libertad. Esto quiere decir que el supervisor pensó sobre lo que ocurrió y decidió informarle al menor dónde puede obtener ayuda en vez de presentar cargos en su contra.
       
    • Supervisión informal. El supervisor de libertad condicional puede poner al menor en libertad condicional informal. El supervisor y los padres ponen condiciones sobre lo que el menor puede hacer. Por ejemplo, el menor tendrá que:
       
      • Ir a la escuela,
      • Participar en programas comunitarios,
      • Tener una mejor actitud,
      • Comportarse mejor,
      • Tener mejores relaciones,
      • NO realizar ciertas actividades sociales, o
      • Ir a sesiones de consejería.

      El régimen de libertad condicional informal en general dura 6 meses. Después de 6 meses, si el menor cumple con las condiciones, la libertad condicional se dará por terminada. Si no, el supervisor de libertad condicional puede presentar una petición relacionada con el cargo original.
       

    • Presentación de cargos. El supervisor de libertad condicional puede sugerirle a la Oficina del Fiscal que presente cargos. Esto se llama presentar una "petición" ante la corte.

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  4. ¿Por qué se tiene que quedar el menor en el centro de detención de menores?

    Cuando el supervisor de libertad condicional decide qué hacer, también tiene que decidir si deja al menor en libertad o lo mantiene detenido en el reclusorio juvenil.

    El supervisor de libertad condicional tiene que dejar al menor inmediatamente en libertad bajo el cuidado de sus padres, un tutor o un pariente responsable, excepto que:
    • El menor no tenga un padre, tutor o adulto responsable que quiera o pueda cuidarlo o controlarlo.
    • El menor no tenga dónde vivir.
    • El menor no se pueda mantener a sí mismo.
    • La casa del menor no esté en condiciones de ser habitada, o el menor ha sido maltratado o descuidado.
    • El menor tiene que quedar detenido para su protección. O para proteger a otra persona o propiedad contra el menor.
    • Haya riesgo que el menor se escape.
    • El menor violó una orden de la corte.
    • El menor es un peligro para el público.

    Aunque el supervisor de libertad condicional envíe el caso al fiscal, es posible que lo deje en libertad. Si dejan al menor en libertad bajo supervisión domiciliaria, el menor y sus padres, tutores o persona adulta responsable tienen que firmar una promesa de ir a la corte y obedecer todas las condiciones de su libertad.

    Esto es como una supervisión informal. Pero puede haber más condiciones, como permitir la visita de un supervisor de libertad condicional, revisar la casa y el cuarto del menor y llevarse cosas como prueba del caso.

    Si el supervisor de libertad condicional decide no dejar en libertad al menor, no podrá quedar detenido por más de 48 horas. Los fines de semana y días feriados no cuentan como parte del límite de 48 horas. Pero si un fiscal presenta una petición o presenta cargos en una corte penal para adultos, el menor puede quedar detenido por más tiempo.

     

  5. ¿Qué es una petición?

    Si el supervisor de libertad condicional le recomienda al fiscal que presente cargos, la Oficina del Fiscal presentará una petición.
    Una petición es un documento que dice:
     
    • El nombre, edad y dirección del menor,
    • Qué partes del código fueron violadas por el menor,
    • Si los cargos son delitos menores o delitos mayores,
    • Los nombres y dirección de los padres o tutores,
    • Una breve declaración describiendo lo que pasó, y
    • Si el menor está detenido o ha sido dejado en libertad.

    Si el menor está detenido por un delito mayor, el fiscal tiene que presentar la petición en 48 horas.

    Si el menor está detenido por un delito menor, el fiscal tiene que presentar la petición en 72 horas.

    Si el menor no está detenido, no hay límite para presentar la petición.
     

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  6.  Dibujo de un juez sentado en el banco¿Qué es una audiencia de detención?

    Después que el fiscal presenta la petición, tiene que haber una audiencia de detención para decidir si se debería sacar al menor de su casa. Si el menor ya está detenido, la corte decidirá si tiene que seguir detenido. Si el menor está detenido, la audiencia se llevará a cabo al día siguiente de que el fiscal haya presentado la petición.

    La corte comienza la audiencia en general explicándole al menor por qué está detenido, qué puede pasar en la corte de delincuencia y que tiene derecho a tener un abogado.

    Si el menor no tiene un abogado, la corte le asignará uno aunque no pueda pagar sus honorarios. Si la corte decide más adelante que los padres pueden pagar al abogado, los padres le tendrán que devolver el dinero al condado.

    El menor puede rechazar (u "oponerse a") las razones para detenerlo. El menor puede hacerle preguntas a la persona que preparó las pruebas y a las personas que dieron información en la audiencia de detención. El menor puede también presentar testigos para respaldar su lado de la historia. Y el menor puede presentar sus propias pruebas. Pero, sólo para esta audiencia, la corte tiene que creer que la petición es cierta.

    La corte tiene que pensar cuál es el mejor lugar para que viva el menor. Puede decidir que el menor sea colocado en supervisión domiciliaria o en un Centro de menores. La corte puede sacar a un menor de su casa porque:
     
    • El menor no obedeció una orden de la corte.
    • El menor se escapó de un centro de detención.
    • Es probable que el menor se escape si la corte lo deja en libertad.
    • El menor necesita protección porque:
      • No está seguro en su casa,
      • El menor es, o se puede hacer, adicto a las drogas,
      • El menor tiene problemas mentales o físicos, o
      • Lo que el menor hizo, llamado un delito, es suficientemente grave como para quedar detenido.
    • La corte necesita proteger a otra persona o propiedad.
       

    Un menor, o su abogado, puede pedir otra audiencia — llamada una reaudiencia. Puede tener una reaudiencia si le pide a la corte que le deje presentar nuevas pruebas para demostrar que no debería estar detenido.

     

  7. ¿Qué es una audiencia de jurisdicción?

    Se debe realizar una audiencia de jurisdicción sobre los cargos dentro de los 15 días de corte posteriores a la audiencia de detención, en el caso de que el menor haya quedado detenido. Si el menor no está detenido, la audiencia se tiene que realizar dentro de los 30 días corridos después del arresto, a menos que acepte darle a la corte más tiempo.

    La audiencia también se puede aplazar. La parte que pide el aplazamiento tiene que tener una buena razón. En general, a la corte no le gusta que pida más tiempo. Si la corte le otorga un aplazamiento, la nueva audiencia se realizará pronto.

    Cuando comienza la audiencia de jurisdicción, el juez leerá la petición y explicará lo que significa. El juez explicará lo que va a pasar durante la audiencia. El juez le dirá a los padres o tutores que es posible que tengan que pagar multas o restitución si se le ordena al menor que pague. Después el juez le preguntará al menor si los cargos son ciertos o no.

    El menor puede decidir no oponerse a los cargos. En ese caso, tendrá que declarar que acepta los cargos. Esto quiere decir que admite que son ciertos. El juez tiene que decidir si el menor comprende los cargos y sus consecuencias.

    Si el menor dice que los cargos no son ciertos, puede oponerse a las pruebas del fiscal. Como en la audiencia de detención, el fiscal mostrará a la corte las pruebas que justifican su caso.

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    El abogado del menor puede:
     

    • Interrogar a los testigos,
    • Objetar las pruebas,
    • Presentar testigos y pruebas, y
    • Dar argumentos a la corte.

    De la misma manera que en una corte penal, el menor tiene el derecho de permanecer en silencio.

    El juez después decide si lo que dice la petición, llamado los alegatos, son ciertos. En la corte de justicia de menores no hay jurados.

    Si el juez decide que la petición es cierta, la corte programa una audiencia para decidir cómo cuidar, tratar y guiar al menor

    Si el juez decide que los cargos no son ciertos, el juez despedirá la petición.

     

  8. ¿Qué es una audiencia de disposición?

    Si el juez decide que los cargos son ciertos, se puede llevar a cabo la audiencia de disposición inmediatamente después de la audiencia de jurisdicción, o se puede llevar a cabo en 10 días si el menor está detenido, o 30 días después que el fiscal presentó la petición. O, si todos están de acuerdo, la audiencia se puede realizar más adelante.

    En la audiencia de disposición, el juez decide qué hacer para cuidar, tratar y guiar al menor, incluyendo su castigo.

    Antes de la audiencia, el supervisor de libertad condicional tiene que escribir un "estudio social" del menor para la corte. Todas las personas que son parte del caso reciben una copia del informe antes de la audiencia de disposición. El estudio contiene toda la información importante para ayudar a decidir el futuro del menor, como:
     
    • Historia familiar y escolar,
    • Antecedentes penales,
    • Una declaración de la víctima, si los cargos son por un delito mayor, y
    • Recomendaciones.

    En la audiencia, el fiscal y el menor pueden mostrarle pruebas a la corte para ayudarle al juez a tomar una decisión. La víctima también puede darle a la corte una declaración oral o escrita durante la audiencia.
     

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    El juez tiene que pensar sobre:
     

    • Cómo proteger a la comunidad y mantener la seguridad,
    • Cómo compensar el daño producido a la víctima, y
    • Qué es lo mejor para el menor de edad.

    Cuando todas las partes presentaron las pruebas e información del caso, la corte puede:
     

    • Anular la decisión de la corte (la “determinación”) tomada en la audiencia de jurisdicción y despedir el caso. El juez hará esto si es necesario para preservar la justicia y para el bien del menor. O si el menor no necesita tratamiento o rehabilitación.
    • Colocar al menor en libertad condicional informal, a cargo del departamento de libertad condicional, por un periodo de 6 meses.
    • Hacer del menor un dependiente de la corte. De esa manera la corte podrá tomar decisiones en vez de los padres. La corte toma decisiones sobre el cuidado, tratamiento y guía del menor. El juez puede tomar el control del menor o limitar el control de los padres o tutores sobre el menor.

    Si el menor es un dependiente de la corte, el juez puede ordenar varias cosas. La lista siguiente comienza con las órdenes menos serias:
     

    • Enviar al menor a su casa en libertad condicional supervisada
    • Enviar al menor a vivir con un pariente
    • Colocar al menor en una familia de crianza, casa colectiva o institución
    • Enviar al menor a una institución local de detención, colonia de libertad condicional o campamento de instrucción del condado
    • Enviar al menor a la División de Justicia de Menores

    Si lo sacan al menor de su casa y lo envían a la casa de un pariente, con una familia de crianza o casa colectiva, se elaborará un plan del caso para el futuro del menor. La colocación del menor será examinada periódicamente.

    Si el menor queda detenido en una institución segura, el juez tiene que decidir la cantidad de tiempo máxima que el menor puede quedar detenido. Si se envía al menor a la División de Justicia de Menores, esto quiere decir que el juez decidió que el menor se beneficiaría de la disciplina o los programas de la División de Justicia de Menores.

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    El juez puede dictar los términos y condiciones de un menor que está en libertad condicional. Pueden ser estrictos. El menor puede tener que renunciar a ciertos derechos. Pero las condiciones tienen que ser razonables y en el interés del menor. El juez puede ordenar al menor que:
     

    • Vaya a la escuela sin faltar un solo día
    • Vaya a sesiones de consejería con sus padres o tutores
    • Vuelva a su casa a una hora determinada
    • Obedezca todas las leyes
    • Se haga análisis periódicos de drogas y alcohol
    • Preste servicio comunitario
    • Participe de un programa de trabajo sin paga
    • No vea a ciertas personas
    • No maneje. O que sólo maneje en ciertas condiciones y por ciertos lugares
    • Pague restitución a la víctima. O pague una multa
    • Sea revisado sin una orden de allanamiento

    Cuando un menor tiene que pagar restitución o una multa, los padres o la persona que tiene custodia del menor es el responsable por el pago.

     

  9. ¿Qué pasa después de la audiencia de disposición?

    Después del caso, pueden ocurrir otras cosas.
     


     

    • Apelación:
      Si el menor no está contento con la manera en que terminó el proceso, o cree que no se respetaron sus derechos, su abogado puede apelar. Si el menor quiere apelar, el abogado tiene que presentar un Aviso de apelación. Sólo hay 60 días para hacer esto después de la audiencia de disposición o después de que el juez dé la orden. A veces, el fiscal también puede apelar.
       
    • Petición de anular la orden de la corte:
      El menor puede pedirle a la corte que cambie o cancele la orden de la corte. Puede pedirlo porque cambió la situación del menor o porque existen nuevas pruebas.

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    • Disposición más restringida
      Si el menor no está haciendo lo que tiene que hacer, es posible que tenga que volver a la corte para que le den una sentencia más estricta.
       
    • Pedir que se sellen los expedientes del menor:
      Si, después de 5 años, el menor no tiene otros problemas que se hubieran presentado ante la corte de justicia de menores, puede pedir que se selle su expediente, si su único contacto fue con el supervisor de libertad condicional. Si la audiencia original fue frente a un juez, puede pedir que su expediente se selle después de cumplir 18 años.

      A veces el menor, o un supervisor de libertad condicional, puede pedir a la corte que selle:
       
      • Los expedientes de arresto,
      • El expediente de la corte,
      • Los expedientes de libertad condicional, y
      • Los expedientes de cualquier otra agencia que pueda tener expedientes relacionados con el caso.

      El menor tiene que llenar una solicitud para pedir que se sellen los expedientes y pagar una cuota. El departamento de libertad condicional decidirá sobre la solicitud. Un supervisor de libertad condicional:
       

      • Decidirá si la persona puede peticionar a la corte,
      • Llenará y presentará la petición,
      • Hará un informe para la corte,
      • Obtendrá una fecha en la corte, y
      • Le informará a la Oficina del Fiscal.

      El juez leerá la petición y el informe, y tomará una decisión. El juez tiene que pensar sobre:
       

      • Lo que hizo el menor,
      • Si el menor finalizó su sentencia y está rehabilitado, y
      • Si hay todavía algún pleito en las cortes sobre el incidente.

       

  10. ¿En qué se diferencia la corte de delincuencia de una corte penal para adultos?

    Este cuadro muestra cómo la corte de justicia de menores es distinta de la corte penal para adultos.

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      Corte penal Corte de justicia de menores
    Para qué
    son los procedimientos
    Para decidir si alguien es culpable o inocente.

    Para castigar a las personas culpables y proteger a la sociedad.
    Para decidir si los cargos de la petición son ciertos.

    Si hay una orden que dice que el menor es un dependiente de la corte, esto no quiere decir que el menor haya sido condenado por un crimen.

    Para mantener y mejorar el bienestar del menor.

    Para castigar y hacer responsable al menor y tratar de rehabilitarlo.
    Persona objeto de los procedimientos Acusado Menor
    Documento que comienza el caso iniciando el procedimiento Demanda Petición
    Primera audiencia Lectura de cargos (para acusados que están o no en custodia) Audiencia de detención, menor bajo custodia (detenido)
    Primera audiencia de jurisdicción para menores que no están bajo custodia.
    Fianza Es posible que el acusado tenga que pagar fianza No hay fianza
    Acuerdo declaratorio Se hace con frecuencia No se hace con frecuencia
    Obtención de información Juicio Audiencia de jurisdicción
    Derecho a un juicio por jurado Sí, en muchas instancias No
    Derecho a la asignación de un abogado Sí, para acusados que no pueden pagar (llamados acusados indigentes) Sí, para menores que no pueden pagar o cuyos padres no pueden o no quieren pagar
    Fallo Veredicto de culpable o inocente El juez "respalda" la petición, lo que quiere decir que es cierta, o "no respalda" la petición.
    Resultado Sentencia Disposición
    Encarcelamiento No hay demasiados recursos para rehabilitar a las personas encarceladas Hay muchos recursos para rehabilitar a menores en detención
    Crédito por tiempo que pasó en detención no segura o detención domiciliaria No

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  11. ¿Cuándo se trata a los menores como adultos?

    En general, un menor pasa por la corte de justicia de menores de la manera descrita en el punto #1. Pero hay 2 excepciones. En estos casos, el menor va a la corte penal para adultos.
     
    • Presentación directa

      En el año 2000, California cambió la manera de tratar ciertos delitos cometidos por menores. Después de la admisión y evaluación, el supervisor de libertad condicional investiga lo que pasó y envía el caso para que sea presentado. Después, el fiscal puede decidir que quiere presentar cargos directamente ante la corte penal.

      El fiscal tiene que pensar si el menor:
       
      • Ya es un dependiente de la corte por otro delito mayor cometido anteriormente,
      • Tenía 14 años o más cuando sucedió el crimen,
      • Tenía antecedentes. Tenía por lo menos 16 años de edad, pero menos de 18 años, cuando ocurrió el crimen,
      • Se lo acusa de:
         
        • Homicidio en primer grado,
        • Intento premeditado de homicidio,
        • Secuestro agravado, si la pena es prisión perpetua,
        • Un delito mayor grave en el que el menor disparó un arma,
        • Algunos crímenes sexuales violentos.

      Si el fiscal presenta un caso en la corte penal para adultos, el menor será tratado como un adulto. El menor tiene que cumplir con las mismas leyes y procedimientos, y tiene los mismos derechos que un adulto.

      Esto quiere decir que el menor puede recibir la misma sentencia que un adulto si se lo condena por el mismo delito. Pero al finalizar el caso, el juez puede decidir que el menor reciba una disposición de menores.

       

    • Audiencia para determinar idoneidad

      Después de la audiencia de detención y antes de la audiencia de jurisdicción, el fiscal puede pedir una audiencia para decidir si el menor debería estar en la corte de justicia de menores. El fiscal puede hacer esto si el cargo es muy serio y el menor tiene suficiente edad para ser enjuiciado como un adulto.

      El supervisor de libertad condicional tiene que investigar y entregarle a la corte un informe explicando cómo actúa el menor y su historia social. El juez leerá el informe para decidir si el menor puede progresar bien con el cuidado, tratamiento y los programas del sistema de delincuencia. El supervisor de libertad condicional también le tiene que decir a la corte si cree que el menor debería ser enjuiciado como un adulto. Todas las personas involucradas en el caso recibirán una copia del informe.

      En la audiencia, el juez leerá el informe del supervisor de libertad condicional, y todas las demás pruebas e información presentadas por el fiscal y el abogado del menor. Después la corte tomará una decisión. La corte analizará:
       
      • Lo sofisticado que fue el crimen,
      • Si el menor puede ser rehabilitado (aprender a mejorar),
      • Los antecedentes penales del menor,
      • Que pasó antes cuando el menor trató de mejorar (rehabilitación),
      • Qué pasó en este caso y cuán serios son los cargos.

      Si el juez decide que el menor se tiene que quedar en la corte de justicia de menores, se llevará a cabo una audiencia de jurisdicción. Si el juez decide que el menor no se debe quedar en la corte de justicia de menores, la corte despedirá la petición y enviará al menor a la corte penal para adultos.

      El fiscal presentará una demanda para iniciar el caso en la corte penal para adultos. Después el menor tendrá que cumplir con todas las leyes y procedimientos como si fuera un adulto. Tendrá los mismos derechos que un adulto. Y podrá recibir la misma sentencia que un adulto. En algunos casos, el menor puede cumplir su sentencia en la División de Justicia de Menores en vez de una prisión para adultos.

       

  12. ¿Se puede parar una orden en una audiencia para determinar idoneidad?

    No se puede apelar una orden dada en una audiencia para determinar idoneidad. Si quiere que la corte de apelaciones revise la decisión del juez, tiene que solicitar un mandamiento para parar el proceso.

    Para obtener el mandamiento, el menor tiene que presentar una solicitud de mandamiento a la corte de apelaciones. Sólo tiene 20 días para hacer esto después de la primera audiencia del menor en la corte penal para adultos.

    El fiscal también puede pedir un mandamiento si el juez decide que el menor se puede quedar en la corte de delincuencia menores.

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