Emblema de la corte familiar Foto del edificio de la corte familiar

bulletCorte familiar
El Gran Sello de California

bullet for list  Divorcio
bullet for list  Órdenes de restricción de violencia en el hogar
bullet for list  Manutención de los hijos
bullet for list  Custodia y visitación
bullet for list  Orientación y mediación
bullet for list  Lista de examinadores de documentos/peticiones ex-parte
bullet for list  Asistente de Derecho Familiar
bullet for list  Servicios de la corte familiar
bullet for list  Paternidad
bullet for list  Proceso
bullet for list  Representación de alcance limitado (LSR)
bullet for list  Cuotas
bullet for list  Preguntas frecuentes
bullet for list  Recursos y remisiones
bullet for list  Reglas/Formularios

bullet for list  Consejos sobre formularios
bullet for list  Centro de autoservicio
bullet for list  Página de ayuda (español)
bullet for list  Página de ayuda (inglés)
bullet for list  Sitio Web principal de la corte
bullet for list   Sitio Web para obtener información sobre casos

 

 

Página de autoservicio  |  Glosario  |  Mapa del sitio |  Contactos
bulletCorte Familiar

Manutención de los hijos
    [Esta página está en inglés; This page in English]

Esta sección le cuenta sobre:

  1. Cómo obtener una Orden de manutención de los hijos
  2. Cómo presentar una Orden de presentar motivos justificativos
  3. Cómo aumentar o reducir la manutención de los hijos
  4. Cómo hacer que le devuelvan su licencia de manejar (u otra licencia profesional)
  5. Cómo obtener una estimación del monto de manutención de los hijos que una corte podría ordenar
  6. Preguntas frecuentes

 

  1. Cómo obtener una Orden de manutención de los hijos

  2. Para obtener una Orden de manutención de los hijos primero tiene que presentar un caso en la corte. Si no tiene un caso existente, tiene que presentar uno.

    Alternativas:

    ·       Si ESTÁ CASADO con el otro padre, puede presentar una acción de divorcio o separación legal. Si no quiere presentar una acción de divorcio o separación legal, puede presentar una Petición de custodia y manutención de hijos menores de edad y citación.

    ·       Si NO ESTÁ CASADO con el otro padre, tiene que presentar una acción de paternidad. Esto significa que está pidiendo a la corte que diga quién es el otro padre. También tiene permitido pedir órdenes de manutención, custodia y visitación de los hijos al mismo tiempo.

    ·       Si está pidiendo una Orden de restricción de violencia en el hogar y también necesita manutención de los hijos, haga clic aquí.

    ·       Se puede poner en contacto con el Departamento de Servicios de Manutención de los Hijos (DCSS) para iniciar un caso de manutención de los hijos gratis.

    Estas son las maneras en que puede pedirle una orden a la corte:

    ·       Pídale a un abogado que lo ayude.

    Puede buscar a un abogado en el directorio telefónico o llamar al Servicio de remisión a abogados del Colegio de Abogados del Condado de Santa Clara.

    ·       Póngase en contacto con el Departamento de Servicios de Manutención de los Hijos (DCSS) en:

    2851 Junction Avenue
    San Jose, CA 95134

    Tel: 408-503-5200 ó
    Sin cargo: 888-687-7500

    ·       Hágalo usted mismo:

    Puede comprar libros de auto ayuda para el divorcio, las reglas locales del derecho de familia del condado de Santa Clara y formularios legales en librerías, tiendas de artículos de papelería o imprentas. O puede descargar formularios locales de familia de este sitio Web o del sitio Web del Consejo Judicial. (Haga clic aquí para pasar a la página de formularios.)

    ·       Para obtener ayuda póngase en contacto con el asistente de derecho familiar o con la clínica legal de la corte de familia de San Jose.

    principio de la página
     

  3. Cómo presentar una Orden de presentar motivos justificativos (OSC)

    Esta sección le cuenta sobre:

    ·       Qué es y cuándo debe usar una Orden de presentar motivos justificativos (OSC)

    ·       Los formularios que necesitará

    ·      Cómo llenar y presentar los formularios de OSC

    ·       Otras cosas que debe saber…Drawing of a girl reading

    Qué es y cuándo debe usar una Orden de presentar motivos justificativos (OSC)

    Cuando presenta su caso de divorcio, separación legal o paternidad, también tiene que presentar una petición llamada Orden de presentar motivos justificativos (OSC). Una Orden de presentar motivos justificativos es una orden de la corte para que la otra parte en su caso vaya a la corte.

    Puede presentar una OSC para: 

    ·       Pedir órdenes temporales relativas a los niños cuando presenta su caso de paternidad, divorcio o separación legal.

    ·       Pedir órdenes relativas a los niños en un caso existente.

    ·       Pedir un cambio en las órdenes que tiene actualmente.

    ·       Pedir para cancelar ("revocar") un fallo de incumplimiento (un fallo que se emitió cuando usted no respondió a papeles legales o no se presentó en la corte) en un caso de manutención de los hijos del Departamento de Servicios de Manutención de los Hijos. Si la corte cancela el fallo, le indicarán lo que debe ahora y cuál es su deuda atrasada de manutención de los hijos (atraso).

    Los formularios que necesitará:

    Si usted es la persona que presenta la Orden de presentar motivos justificativos (llamada la "parte que inicia"), tiene que llenar los siguientes formularios:

    Orden de presentar motivos justificativos

    Formulario FL-300

    Solicitud de orden y declaración de apoyo

    Formulario FL-310

    Declaración financiera (simplificada) o

    Si sólo está pidiendo manutención de los hijos use: Formulario FL-155

    Declaración de ingresos y gastos

    Si también está pidiendo manutención del cónyuge u honorarios de abogado, use: Formulario FL-150

    También necesitará los siguientes formularios para entregar estos documentos a su cónyuge:

    ·       Prueba de entrega personal (Formulario FL-330)

    ·       Declaración de respuesta a la Orden de presentar motivos justificativos o Aviso de petición en blanco (Formulario FL-320)

    ·       Una Declaración financiera simplificada en blanco (Formulario FL-155) o

    ·       Una Declaración de ingresos y gastos en blanco (Formulario FL-150)

    Hay 3 maneras de llenar sus formularios:

    ·       Imprima el formulario en una impresora y después llénelo prolijamente en letras de molde, con tinta azul o negra, o

    ·       Llene el formulario en línea usando los enlaces que aparecen más arriba e imprima el formulario llenado, o

    ·       Llene su formulario en línea usando el generador de formularios (respondiendo a preguntas para completar el formulario) y después imprímalo.

    principio de la página

    Cómo llenar, presentar y entregar los formularios OSC:

    Paso 1: Llene los formularios:

    Si tiene un caso, por más viejo que sea, use el mismo título del caso. Después de llenar sus formularios, haga 3 copias (para usted, para la otra parte y una extra).

    Paso 2: Presente los formularios:

    Lleve los formularios completados a la sección de calendario de la corte local y pida una fecha de audiencia. Después presente sus papeles en la oficina del secretario de la corte.

    Si el Departamento de Servicios de Manutención de los Hijos (DCSS) ya está cobrando manutención de los hijos en su caso, tiene que presentar sus papeles y sus audiencias se realizarán en: Corte de Notre Dame Drawing of a family at a beach

    Si el Departamento de Servicios de Manutención de los Hijos no está cobrando manutención de los hijos en su caso, tiene que presentar sus papeles, y sus audiencias se realizarán en:
    Corte de familia

    Paso 3: Entregue los documentos:

    Tiene que entregar al otro padre copias endosadas/presentadas de los formularios de la corte al menos 21 días antes de su audiencia (o antes si el juez se lo ordena). Alguien mayor de 18 años de edad — no usted — tiene que entregar los documentos personalmente al otro padre.

    Y si el Departamento de Servicios de Manutención de los Hijos está cobrando la manutención de los hijos, alguien mayor de 18 años de edad – no usted — tiene que entregar los documentos personalmente.

    Estos son los formularios que tiene que entregar: 

    ·       Su Orden de presentar motivos justificativos

    ·       Su Solicitud de orden y declaración de apoyo

    ·       Su Declaración financiera simplificada o una Declaración de ingresos y gastos

    ·       Una Declaración de respuesta en blanco

    ·       Una Declaración financiera simplificada en blanco o una Declaración de ingresos y gastos en blanco

    Recuerde: Usted no puede entregar los papeles.

    Sus papeles tienen que ser entregados por un adulto (mayor de 18 años de edad) que no tenga que ver con su caso. O, puede contratar a un profesional de entrega legal para que entregue sus papeles. (Busque uno en el directorio telefónico).

    La persona que entrega los papeles tiene que completar una Prueba de entrega personal (Formulario FL-330). La prueba de entrega dice que entregó los papeles a la otra parte.

    Si tiene que hacer la entrega legal de documentos a una persona que está en una cárcel o prisión de California, lea este folleto: Cómo hacer la entrega legal a una persona bajo custodia (en inglés).

    principio de la página

    Paso 4: Presente la prueba de entrega:

    Presente la prueba de entrega original lo antes posible en la oficina del secretario de la corte. Drawing of a child sitting in a chair Debe hacerlo antes de su audiencia. Lleve a su audiencia una copia “presentada” de la prueba de entrega. Si no puede presentar la prueba de entrega antes de la audiencia, lleve el original a su audiencia.

    Paso 5: Vaya a su audiencia:
    Vaya temprano a la corte. Busque su nombre en el calendario de la corte. El calendario está en la pared afuera de la puerta de la sala de la corte. Verifique que su caso esté en el calendario. Si no está, y sus papeles dicen que es la fecha y la hora correcta, muestre sus papeles al delegado en la sala de la corte o vea al secretario a cargo del calendario en la oficina del secretario de la corte.

    Recuerde: Lleve copias de todos los papeles en su caso (especialmente los que usted presentó para obtener esta audiencia), su copia de la prueba de entrega presentada y todos los demás papeles que apoyen su caso, como recibos de sueldo de los últimos 3 meses, planillas impositivas del año pasado, recibos de cuidado de niños y todas las demás cosas que tenga que apoyen la información en su Declaración financiera simplificada o en su Declaración de ingresos y gastos. Si trabaja por cuenta propia, lleve papeles que muestren cuánto dinero está ganando su empresa.

    Si tiene testigos, asegúrese de que también vayan a la corte.

    Paso 6: Después de la audiencia:

    Después de la audiencia hay que escribir todas las órdenes del juez en formularios de la corte. Le puede pedir al juez que lo remita al asistente de derecho familiar para que lo ayude con los formularios.

    Haga clic para obtener información importante de la hoja de instrucciones para el Formulario de registro de casos de manutención de los hijos y para descargar el formulario FL-191.
     

    Otras cosas que debe saber...

    Cantidad de la manutención de niños:

    El juez seguirá las leyes de manutención de los hijos (“pautas”) para decidir cuánta manutención de los hijos se debe ordenar.

    Atención de la salud:

    Cuando usted pide manutención de los hijos, el juez puede emitir órdenes sobre quién paga el seguro de salud de su(s) hijo(s) (esto incluye seguro de la vista y dental), y la manera en que los padres deben compartir los costos de atención de la salud que no pague el seguro.

    Cuidado de niños:

    Cuando pide manutención de los hijos, también puede pedir que el otro padre comparta sus costos de cuidado de niños.

    Pagos de manutención de los hijos

    Por lo general, la manutención de los hijos se paga directamente del sueldo del padre o de la madre (retención). Para que eso se haga, consulte a un abogado o con el asistente de derecho familiar. Los empleadores no pueden despedir a un empleado porque se descuenta la manutención de los hijos de su sueldo.

    Ayuda:

    Si necesita más ayuda, hable con un abogado o con el asistente de derecho familiar.

    principio de la página
     

  4. Cómo aumentar o reducir la manutención de los hijos

    Si desea pedirle al juez que cambie la manutención de los hijos (que la suba o la baje), tiene que presentar los formularios correctos en su caso de la corte. No importa cómo sea de viejo su caso. La ley dice que tiene que demostrar que las circunstancias cambiaron desde la última orden.

    Para cambiar la cantidad de manutención, puede:

    ·       Hablar con un abogado

    ·       Pedirle al Departamento de Servicios de Manutención de los Hijos que lo ayude

    ·       Hacerlo usted mismo. Puede comprar un libro de auto ayuda o formularios legales e instrucciones que explican cómo presentar una Orden de presentar motivos justificativos para cambiar la manutención de los hijos. Puede obtener esos formularios en el sitio Web del Consejo Judicial.

    ·       Ponerse en contacto con el asistente de derecho familiar. Si usted y el otro padre tienen un acuerdo o piensan que pueden llegar a un acuerdo sobre la cantidad de manutención de los hijos, el asistente los puede ayudar a escribir su acuerdo. (No los puede ayudar a escribir un acuerdo si el Departamento de Servicios de Manutención de los Hijos está cobrando manutención de los hijos en su caso.) 

     

  5. Cómo hacer que le devuelvan su licencia de manejar (u otra licencia profesional)

    Drawing of people playing a game Si no paga la manutención de los hijos ordenada por la corte, le pueden suspender la licencia de manejar. Para que le devuelvan su licencia, póngase en contacto con el Departamento de Servicios de Manutención de los Hijos. Si eso no da resultado, pídale al juez que ordene al Departamento de Servicios de Manutención de los Hijos que le devuelva su licencia. Para hacerlo, presente un Aviso de petición de revisión judicial de denegación de licencia (Formulario FL-670). Presentar este formulario NO cambia la cantidad de manutención de los hijos que tiene que pagar. Para cambiar su orden de manutención, presente una Orden de presentar motivos justificativos.

    Para presentar su Aviso de petición de revisión judicial de denegación de licencia, haga lo siguiente:

    • Llene el Aviso de petición de revisión judicial de denegación de licencia (Formulario FL-670). Use el mismo número y título del caso. Usted y el otro padre siempre se llamarán solicitante o demandado, tal como fueron llamados en los primeros papeles que presentaron.
       
    • Haga 2 copias de su formulario (1 para usted y la otra para el Departamento de Servicios de Manutención de los Hijos). El original es para el expediente de la corte.
       
    • Vaya a la ventanilla de calendario en la oficina del secretario y pida una fecha para su audiencia. En la audiencia usted le dirá al juez por qué le deben devolver la licencia.
       
    • Lleve sus formularios a la oficina del secretario de la corte superior, en la Corte de Notre Dame, y preséntelos. Tendrá que pagar por presentar los formularios. El secretario le dirá cuánto tendrá que pagar o puede consultar la lista de honorarios de la corte- busque “hearing fees” (first response) - (honorarios de audiencias, primera respuesta) - en la lista.

    Si no tiene suficiente dinero para pagar el honorario de presentación, pídale al secretario un paquete para solicitar una exención de cuotas. Llene los formularios, adjunte un recibo de sueldo y entregue sus formularios al examinador de documentos. El juez decidirá el próximo día laborable si usted puede obtener una exención de cuotas. Vuelva entonces a recoger sus papeles para ver si tiene que pagar el honorario.

    principio de la página

  6. Drawing of a tableCómo obtener una estimación del monto de manutención de los hijos que una corte podría ordenar

    Use al Calculadora de pago de manutención de los hijos según las pautas de California. Esta calculadora es un programa gratis en línea provisto por el Departamento de Servicios de Manutención de los Hijos de California.

     

  7. Preguntas frecuentes

¿Se cuenta el ingreso de mi cónyuge para calcular la manutención de los hijos?

Por lo general la corte sólo usa el ingreso de los padres para calcular la manutención de los hijos. Pero la corte puede preguntar sobre el ingreso de su cónyuge para fines impositivos u otros fines.

¿Cómo consigo que mi empleador deje de descontar la manutención de los hijos de mi cheque de sueldo cuando mi hijo cumple 18 años?

Tiene que presentar una Orden de presentar motivos justificativos para pedirle a la corte que deje de descontar dinero de su sueldo. Si la corte lo aprueba, el juez firmará una nueva orden de retención de sueldo de $0. Puede llevar esa orden a su empleador.

¿Tengo que pagar manutención de niños si tengo custodia 50/50?

Si usted gana más dinero que el otro padre, es posible que igual tenga que pagar algo de manutención de los hijos.

¿Tendrá en cuenta la corte que tengo otros hijos que mantener?

La corte le puede dar crédito por otras órdenes de manutención de los hijos y por otros niños en su hogar a los que usted mantenga. Por lo general, la corte no da crédito por hijastros o nietos.

¿Pagaré menos manutención de los hijos si mi(s) hijo(s) pasa(n) más tiempo conmigo?

La cantidad de tiempo que los niños están con usted se tiene en cuenta cuando se calcula la manutención de los hijos.

¿Cuánto tiempo tengo que pagar la manutención de los hijos?

Pagará hasta que su hijo tenga 18 años de edad o se gradúe de la escuela secundaria. Si su hijo de 18 años de edad sigue siendo un estudiante de escuela secundaria a tiempo completo y sigue viviendo con uno de sus padres, usted tiene que pagar la manutención de los hijos hasta que se gradúe o cumpla 19 años de edad.

¿Tengo que pagar los intereses de la manutención de los hijos atrasada?

Por lo general, la corte no puede reducir ni cancelar los intereses de ni la manutención de los hijos atrasada. Hable con un abogado.

¿Cómo hago para que dejen de quitarme la mitad del cheque de sueldo?

Si su empleador está descontando el 50% o más de su sueldo, es posible que tenga un saldo atrasado de manutención de los hijos. Primero póngase en contacto con el Departamento de Servicios de Manutención de los Hijos (DCSS) para ver si puede hacer otros arreglos. Si eso no da resultado, puede presentar formularios de la corte para pedirle a un juez que fije un pago que usted pueda pagar.

¿Qué pasa si la otra parte no paga la manutención de los hijos?

Hable con un abogado o vea al asistente de derecho familiar.

¿Dónde puedo obtener más información?

Lea el folleto en línea Manual de manutención de los hijos del Departamento de Manutención de los Hijos de California.

principio de la página
 

 

   

© 2009 Corte Superior de California condado de Santa Clara
Descarga de responsabilidad